Es valida la sentencia que ordena impartir al menos un 25 % de las horas lectivas en castellano en un colegio catalán, ya que no afecta el modelo de inmersión lingüística ni altera el carácter preponderante de la lengua catalana y, además, garantiza un equilibrio adecuado entre la unidad del sistema educativo y la diversidad lingüística y cultural
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Oficina de Referencia Extranjera – CSJN – TRIBUNAL EUROPEO DE DERECHOS HUMANOS